TEPJF desestima impugnación de Morena y confirma triunfo de Libia García en Guanajuato
Morena denunció que se realizaron eventos masivos para la entrega de una tarjeta rosa, como parte del programa “Mujeres grandeza” del gobierno estatal.
La Sala Superior del Tribunal Electoral confirmó la validez de la elección de la gubernatura de Guanajuato, donde ganó la candidata del PAN, PRI y PRD, Libia García.
El proyecto de la magistrada presidenta, Mónica Soto, plantea confirmar la sentencia del Tribunal Local y desestimar la impugnación de Morena sobre un presunto condicionamiento del voto.
Morena denunció que se realizaron eventos masivos para la entrega de una tarjeta rosa, como parte del programa “Mujeres grandeza” del gobierno estatal, sin embargo, el proyecto considera que no aportó pruebas para acreditar esta conducta.
“Se considera que las pruebas que hacen mención a una posible entrega masiva de la denominada tarjeta rosa como parte de un programa social estatal no generan convicción plena de que se haya ejecutado tal programa de manera colectiva, dado que únicamente obran en el expediente indicios que aún adminiculados no tienen el valor probatorio necesario para sustentar la premisa de la parte actora”, apunta.
Además, determinó que no se vulneró el principio de igualdad de oportunidades de las candidaturas registradas para contender por la gubernatura, con motivo de que Libia Dennise García Muñoz Ledo estuvo promocionando la continuidad de la “tarjeta rosa” al mismo tiempo que era repartida a beneficiarias del programa.
“Es criterio de esta Sala Superior que los partidos políticos y candidaturas pueden utilizar la información que deriva de programas de gobierno, en ejercicio del derecho que les concede la legislación para realizar propaganda política electoral, como parte del debate público que sostienen a efecto de conseguir en el electorado un mayor número de adeptos y votos”, sostiene.
“De modo que, la utilización de programas sociales en su propaganda electoral por parte de Libia Dennise García Muñoz Ledo al momento de su campaña no infringe el marco jurídico electoral, por lo que es correcto el razonamiento vertido por el Tribunal local”, añade.