noviembre 23, 2024

SCJN analizará reforma judicial; ministro admite acciones de inconstitucionalidad

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará la reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF), porque el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá dio entrada a cinco acciones de inconstitucionalidad que la impugnan, pero rechazó frenarla.

Ahora, el ministro tendrá que elaborar un proyecto de sentencia, el cual presentará a cada uno de los ministros para que el asunto sea discutido en el Pleno del máximo tribunal de justicia del país.

En su acuerdo, el ministro ordenó dar vista a la Cámara de Diputados y al Senado de la República, al Poder Ejecutivo Federal y a los poderes legislativos de las 32 entidades del país para que rindan sus informes

Al Poder Ejecutivo Federal se le requirió una copia certificada del Diario Oficial de la Federación (DOF) en el que conste la publicación de dicho decreto.

De igual manera, pidió a los congresos locales para que remitan los antecedentes que les correspondan relacionados con el decreto.

Asimismo, ordenó que se solicite a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que, en un plazo de diez días naturales exprese su opinión en relación con las acciones de inconstitucionalidad promovidas por el PAN, PRI, Movimiento Ciudadano y Unidad Democrática de Coahuila, así como diputados del Congreso del Estado de Zacatecas.

También de requirió a Guadalupe Taddeí, consejera presidenta del Instituto Nacional Electoral (INE) para que, en un plazo de tres días naturales, entregue copia certificada de los estatutos vigentes de los partidos políticos nacionales promoventes, así como de la certificación de sus registros vigentes y precise quiénes son los actuales representantes e integrantes de sus órganos de dirección nacional.

Asimismo, pidió al Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Coahuila que, en un plazo de tres días, remita copias certificadas de los estatutos vigentes del partido Unidad Democrática de Coahuila.

La suspensión 

En su acuerdo, el ministro señaló que los promoventes solicitaron la suspensión para evitar que continúe la implementación de la reforma judicial.

Sin embarggo, Alcántara Carrancá rechazó concederla.

“…no ha lugar a acordar favorablemente su solicitud, toda vez que de dicha disposición se advierte, claramente que la admisión de una acción de inconstitucionalidad no da lugar a la suspensión de la norma general, a diferencia de lo que sucede en la controversia constitucional…

“Cabe señalar que, en cuanto a la negativa de la concesión de la suspensión en contra de normas generales, tanto en acciones de inconstitucionalidad como en controversias constitucionales, ha sido un criterio reiterado del ministro instructor que no existen supuestos de excepción para su otorgamiento”, apuntó.

Con información de «EL MILENIO»

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