noviembre 23, 2024

AMLO prepara nueva reforma para reducir la edad y así poder recibir la pensión de adultos mayores

El presidente Andrés Manuel López Obrador anunció que prepara una segunda reforma al artículo 4 de la Constitución, con el objetivo de reducir la edad en la que adultos mayores de todo el país reciben su pensión.

Durante su mañanera de este jueves el presidente informó que como parte del paquete de reformas que enviará al Congreso de la Unión antes de finalizar su mandato, se presentará una al artículo 4 de la Constitución, en la cual actualmente se define la edad de 68 años como base para recibir una pensión.

“Voy a enviar una iniciativa de reforma constitucional porque quedó establecido a partir de 68 años (la entrega de la pensión), y ya se otorga a partir de 65. en la Constitución quedó de 68 años”, indicó.

López Obrador ha señalado que enviará al Congreso un paquete de reformas entre las que se encuentra la del Poder Judicial, con la cual plantea que jueces, magistrados y ministros sean designados por voto. Ahora, se sabe que este paquete de reformas también contemplará una segunda al artículo 4 constitucional.

La primera iniciativa se llevó a cabo en abril de 2020, cuando se estableció como tope la edad de 68 años para recibir la pensión de adultos mayores; ahora, con la nueva iniciativa, se plantea que la edad mínima para ello sea la de 65 años de edad.

El mandatario federal reiteró que actualmente los adultos mayores ya reciben sus pensiones desde los 65 años de edad, pero indicó que aún falta asentarlo en la Constitución.

“Voy a mandar un paquete de todo lo que es estado de bienestar al artículo 4 de la Constitución”, indicó López Obrador.

Adultos mayores mexicanos recibiendo la pensión del bienestar en un centro de distribución. Foto: Cuartoscuro

Actualmente, el artículo 4 de la Constitución señala que “las personas mayores de sesenta y ocho años tienen derecho a recibir por parte del Estado una pensión no contributiva en los términos que dije la Ley”.

Sin embargo, también se establece en este párrafo que en el caso d las personas indígenas y afrodescendientes, la prestación se les otorgará a partir de los 65 años de edad.

Con información de Infobae

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